A continuación vamos a ofrecer un resumen del artículo de
la orden del 25 de Julio de 2008, en el cual se encuentra lo fundamental de
ésta sobre las medidas que recoge en cuanto al ámbito escolar estamos hablando.
PRINCIPIOS
GENERALES:
¾
Los centros
tendrán autonomía tanto para organizar los grupos y las materias de manera
flexible y para adoptar otras medidas de atención a la diversidad y de fomento
de la igualdad entre sexos.
¾
Dado el
carácter obligatorio de la educación básica y para garantizar el derecho a la
educación, las medidas de atención a la diversidad han de responder al carácter
individualizado de atención a las necesidades educativas concretas de cada
alumno.
¾
Los centros
establecerán medidas de detección y atención temprana durante todo el proceso
de escolarización.
¾
Ha de
establecerse una coordinación entre las etapas que conforman la enseñanza
básica para garantizar una continuidad de las actuaciones entre cursos ciclos y
etapas.
¾
Las medidas
de atención a la diversidad formarán parte del proyecto educativo de los
centros.
ACTUACIONES
Y MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
¾
Las
estrategias de apoyo y refuerzo educativo se centrarán en las áreas o materias
instrumentales de lengua castellana y literatura, lengua extranjera y
matemáticas.
¾
La atención
al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo se
realizará ordinariamente dentro de su propio grupo.
¾
Se
establecerán procedimientos y medidas de apoyo específico para atender al
alumnado del medio rural.
PROGRAMAS DE
ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
PROGRAMAS
DE REFUERZO:
·
PROGRAMAS DE
REFUERZO ÁREAS O MATERIAS INSTRUMENTALES BÁSICAS.
Tienen como
fin asegurar los aprendizajes básicos de las áreas instrumentales y así
aprovechar las enseñanzas de educación primaria o educación secundaria
obligatoria. Estos programas van dirigidos al alumnado que:
¾
No
promociona de curso.
¾
Aún
promocionando de curso, no ha superado algunas de las áreas instrumentales del
curso anterior.
¾
Accede al
primer curso de educación secundaria obligatoria y necesitan refuerzo en las
materias instrumentales básicas.
¾
Se le
detecte en cualquier momento del ciclo del curso dificultades en las áreas
instrumentales.
Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos
·
Este
programa va dirigido a alumnado que promocione sin haber superado todas las
áreas o materias, además de ser el caso de áreas y materias no superadas que
tengan continuidad en el curso siguiente, el profesorado responsable de estos
programas será su tutor o los maestros/as especialistas en la etapa de
educación primaria.
Aparte de esto
también en el caso de materias sin continuidad en el curso siguiente, el
programa de refuerzo se asignará a un profesor del departamento
correspondiente.
Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso
Se incluye tanto
la incorporación del alumnado a un programa de refuerzo de áreas instrumentales
como a un conjunto de actividades programadas para realizar un seguimiento
personalizado del niño.
Información a las familias
Se informará
tanto al alumnado como a sus padres o tutores legales de la incorporación de
éstos en cualquier programa o plan de refuerzo.
PROGRAMAS DE
ADAPTACIÓN CURRICULAR.
Están
dirigidos a alumnado de educación primaria o educación secundaria que:
¾
Tenga
necesidades educativas especiales.
¾
Se incorpora
tardíamente al sistema educativo.
¾
Tenga dificultades
graves de aprendizaje.
¾
Tenga necesidades
de compensación educativa.
¾
Tenga altas
capacidades intelectuales.
Se podrán
adoptar las siguiente medidas de flexibilización de la escolarización de este
alumnado, a propuesta de la dirección del centro y previo trámite de audiencia
al padre, madre o tutores legales:
¾
Anticipación
en un año de la escolarización en el primer curso de la educación primaria.
¾
Reducción de
un año de permanencia en la educación primaria.
¾
Reducción de
un año de permanencia en la educación secundaria.
PROGRAMAS DE
DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR EN E.S.O.
Están
dirigidos hacía el alumnado que precise de una organización de los contenidos,
actividades prácticas y materias del currículo diferentes a las establecidas
con carácter general y de una metodología específica, para alcanzar los
objetivos y competencias básicas de la etapa. Podrán participar en estos
programas el alumnado del tercer curso de educación obligatoria, en el que
concurran las siguientes circunstancias:
¾
Haber
realizado el segundo curso, no estando en condiciones de promocionar a tercero
y haber repetido alguna vez en esta etapa educativa.
¾
Haber
realizado por primera vez el tercer curso y no estar en condiciones de
promocionar al cuarto curso.
¾
Existir
posibilidades de que, con la incorporación al programa, el alumnado pueda
desarrollar las capacidades necesarias para acceder al cuarto curso o, en su
caso, realizar el mismo en el programa de diversificación curricular con
posibilidades de obtener el título de graduado.
¾
Haber sido
objeto de otras medidas de atención a la diversidad en etapas educativas o
cursos anteriores sin que las mismas hayan resultado suficientes.
Podrán
participar en estos programas el alumnado del cuarto curso de educación obligatoria,
en el que concurran las siguientes circunstancias:
¾
Haber
realizado tercero, promocionado a cuarto con materias pendientes y presenten
dificultades evidentes para alcanzar el título de graduado.
¾
Haber
cursado cuarto curso, presentando dificultades evidentes para alcanzar la
titulación siguiendo el currículo con la estructura general de la etapa y
existan posibilidades de que con la incorporación al programa pueda alcanzar el
título de graduado.
La duración
de estos programas será la siguiente:
¾
La
duración de estos programas será de un año para el alumnado que se incorpore
una vez cursado cuarto curso de educación secundaria obligatoria.
¾
Para
el alumnado que se incorpore a estos programas una vez cursado segundo o
tercero, los centros docentes decidirán la duración de los mismos en función de
su edad, de sus circunstancias académicas y de su evolución durante el primer
año del programa, previo informe del departamento de orientación y una vez oído
el alumno o alumna y su familia.
¾
El alumnado
que al finalizar el programa no esté en condiciones de obtener el título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
El
procedimiento para la incorporación al programa será el siguiente:
El equipo
educativo coordinado con el tutor/a valorará la conveniencia de la
incorporación al programa, requiriendo el informe del departamento de
orientación del centro y previa audiencia del alumno/a y su familia. La
decisión que proceda se adaptará por la jefatura de estudios con el visto bueno
del director/a del centro.
Estructura
del programa de diversificación curricular.
¾
Ámbito
lingüístico y social, que incluirá los aspectos básicos del currículo correspondiente
a las materias de ciencias sociales, geografía e historia y lengua
castellana y literatura.
¾
Ámbito
científico tecnológico, que incluirá los aspectos básicos del currículo de las
materias de matemáticas, ciencias de la naturaleza y tecnología.
¾
Tres
materias obligatorias u opcionales. Entre estas materias se deberá incluir la
primera lengua extranjera y para el alumnado de tercer curso la materia
de educación para la ciudadanía y los derechos humanos.
¾
Tutorías con
su grupo clase, desarrolladas por el profesor/tutor, y de carácter específico
por el orientador del centro.
¾
Materias
optativas de las que se compone la oferta de tercero/cuarto curso de la etapa.
Distribución
horaria semanal de los programas de diversificación curricular.
El horario lectivo semanal de alumnado que sigue un
programa de diversificación curricular será de 30 horas. La distribución
de estas horas entre los diferentes elementos que forman el programa será
realizada por el centro de acuerdo con los siguientes criterios:
¾
Los ámbitos
lingüístico y social y científico-técnológico tendrán 15 horas semanales.
¾
Las tres
materias obligatorias y opcionales tendrán entre 7 y 10 horas semanales.
¾
Las
actividades de tutoría tendrán hasta 3 horas semanales, de las que una
corresponderá a las de tutoría con el grupo de referencia del alumnado y el
resto a la tutoría específica que imparta el orientador del centro al grupo que
sigue el programa.
¾
Las materias
optativas tendrán hasta un máximo de 5 horas.
Agrupamiento
de los alumnos y alumnas.
El alumnado
que sigue un programa de diversificación curricular se integrará en su grupo
ordinario del tercer o cuarto curso en las tres materias obligatorias u
opcionales.
En el caso del currículo de los ámbitos lingüístico y social y científico-tecnológico así como las actividades formativas de la tutoría se desarrollarán en el grupo de diversificación curricular, en el cual no deberán superar el número de 15 alumnos.
En el caso del currículo de los ámbitos lingüístico y social y científico-tecnológico así como las actividades formativas de la tutoría se desarrollarán en el grupo de diversificación curricular, en el cual no deberán superar el número de 15 alumnos.
Elaboración
del programa de diversificación curricular.
En sus
aspectos generales el programa será redactado por el departamento de
orientación que coordinará las tareas de elaboración de la
programación de los ámbitos, en el que deberán participar los departamentos
de las distintas materias. Por contraposición la evaluación del alumnado
que curse un programa de diversificación curricular será realizada por el
equipo educativo que imparta el programa. Los resultados de las evaluaciones
finales serán recogidos en las actas de evaluación de los grupos ordinarios de
tercero o cuarto en los que estén incluidos.
Titulación
del alumnado que sigue el programa de diversificación curricular.
¾
El
alumnado que se ha incorporado a un programa de diversificación curricular
desde el cuarto curso o que está en el segundo año de realización del mismo,
obtendrá el titulo de graduado de educación secundaria obligatoria si supera
todos los ámbitos y materias que integran el programa.
¾
Quienes,
habiendo superado todos los ámbitos del programa, tengan evaluación negativa en
el ámbito práctico, en su caso, y en una o dos materias y, excepcionalmente, en
tres, siempre que a juicio del equipo docente hayan alcanzado las competencias
básicas y los objetivos de la etapa.
¾
El alumnado
que, al término del programa, no haya alcanzado los objetivos generales de la
etapa, recibirá un certificado de escolaridad en el que consten los años y
materias cursados.
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