lunes, 13 de abril de 2015

Tema 7 Entrada 2: Lee la Orden del 25 de Julio de 2008

A continuación vamos a ofrecer un resumen del artículo de la orden del 25 de Julio de 2008, en el cual se encuentra lo fundamental de ésta sobre las medidas que recoge en cuanto al ámbito escolar estamos hablando.


PRINCIPIOS GENERALES:

¾      Los centros tendrán autonomía tanto para organizar los grupos y las materias de manera flexible y para adoptar otras medidas de atención a la diversidad y de fomento de la igualdad entre sexos.
¾      Dado el carácter obligatorio de la educación básica y para garantizar el derecho a la educación, las medidas de atención a la diversidad han de responder al carácter individualizado de atención a las necesidades educativas concretas de cada alumno.
¾      Los centros establecerán medidas de detección y atención temprana durante todo el proceso de escolarización.
¾      Ha de establecerse una coordinación entre las etapas que conforman la enseñanza básica para garantizar una continuidad de las actuaciones entre cursos ciclos y etapas.
¾      Las medidas de atención a la diversidad formarán parte del proyecto educativo de los centros.


ACTUACIONES Y MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.

¾      Las estrategias de apoyo y refuerzo educativo se centrarán en las áreas o materias instrumentales de lengua castellana y literatura, lengua extranjera y matemáticas.
¾      La atención al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo se realizará ordinariamente dentro de su propio grupo.
¾      Se establecerán procedimientos y medidas de apoyo específico para atender al alumnado del medio rural.


  
PROGRAMAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.

 PROGRAMAS DE REFUERZO:


·         PROGRAMAS DE REFUERZO ÁREAS O MATERIAS INSTRUMENTALES BÁSICAS.

Tienen como fin asegurar los aprendizajes básicos de las áreas instrumentales y así aprovechar las enseñanzas de educación primaria o educación secundaria obligatoria. Estos programas van dirigidos al alumnado que:
¾      No promociona de curso.
¾      Aún promocionando de curso, no ha superado algunas de las áreas instrumentales del curso anterior.
¾      Accede al primer curso de educación secundaria obligatoria y necesitan refuerzo en las materias instrumentales básicas.
¾      Se le detecte en cualquier momento del ciclo del curso dificultades en las áreas instrumentales.

Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos

·     
 Este programa va dirigido a alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas o materias, además de ser el caso de áreas y materias no superadas que tengan continuidad en el curso siguiente, el profesorado responsable de estos programas será su tutor o los maestros/as especialistas en la etapa de educación primaria.
Aparte de esto también en el caso de materias sin continuidad en el curso siguiente, el programa de refuerzo se asignará a un profesor del departamento correspondiente.


Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso

            Se incluye tanto la incorporación del alumnado a un programa de refuerzo de áreas instrumentales como a un conjunto de actividades programadas para realizar un seguimiento personalizado del niño.
       

      Información a las familias

Se informará tanto al alumnado como a sus padres o tutores legales de la incorporación de éstos en cualquier programa o plan de refuerzo.

PROGRAMAS DE ADAPTACIÓN CURRICULAR.
Están dirigidos a alumnado de educación primaria o educación secundaria que:
¾      Tenga necesidades educativas especiales.
¾      Se incorpora tardíamente al sistema educativo.
¾      Tenga dificultades graves de aprendizaje.
¾      Tenga necesidades de compensación educativa.
¾      Tenga altas capacidades intelectuales.
Se podrán adoptar las siguiente medidas de flexibilización de la escolarización de este alumnado, a propuesta de la dirección del centro y previo trámite de audiencia al padre, madre o tutores legales:

¾      Anticipación en un año de la escolarización en el primer curso de la educación primaria.
¾      Reducción de un año de permanencia en la educación primaria.
¾      Reducción de un año de permanencia en la educación secundaria. 

PROGRAMAS DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR EN E.S.O.

Están dirigidos hacía el alumnado que precise de una organización de los contenidos, actividades prácticas y materias del currículo diferentes a las establecidas con carácter general y de una metodología específica, para alcanzar los objetivos y competencias básicas de la etapa. Podrán participar en estos programas el alumnado del tercer curso de educación obligatoria, en el que concurran las siguientes circunstancias:
¾      Haber realizado el segundo curso, no estando en condiciones de promocionar a tercero y haber repetido alguna vez en esta etapa educativa. 
¾      Haber realizado por primera vez el tercer curso y no estar en condiciones de promocionar al cuarto curso.
¾      Existir posibilidades de que, con la incorporación al programa, el alumnado pueda desarrollar las capacidades necesarias para acceder al cuarto curso o, en su caso, realizar el mismo en el programa de diversificación curricular con posibilidades de obtener el título de graduado.
¾      Haber sido objeto de otras medidas de atención a la diversidad en etapas educativas o cursos anteriores sin que las mismas hayan resultado suficientes.
Podrán participar en estos programas el alumnado del cuarto curso de educación obligatoria, en el que concurran las siguientes circunstancias:
¾      Haber realizado tercero, promocionado a cuarto con materias pendientes y presenten dificultades evidentes para alcanzar el título de graduado.
¾      Haber cursado cuarto curso, presentando dificultades evidentes para alcanzar la titulación siguiendo el currículo con la estructura general de la etapa y existan posibilidades de que con la incorporación al programa pueda alcanzar el título de graduado.
La duración de estos programas será la siguiente:
¾       La duración de estos programas será de un año para el alumnado que se incorpore una vez cursado cuarto curso de educación secundaria obligatoria.
¾       Para el alumnado que se incorpore a estos programas una vez cursado segundo o tercero, los centros docentes decidirán la duración de los mismos en función de su edad, de sus circunstancias académicas y de su evolución durante el primer año del programa, previo informe del departamento de orientación y una vez oído el alumno o alumna y su familia.
¾      El alumnado que al finalizar el programa no esté en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

El procedimiento para la incorporación al programa será el siguiente:

El equipo educativo coordinado con el tutor/a valorará la conveniencia de la incorporación al programa, requiriendo el informe del departamento de orientación del centro y previa audiencia del alumno/a y su familia. La decisión que proceda se adaptará por la jefatura de estudios con el visto bueno del director/a del centro.

Estructura del programa de diversificación curricular.
¾      Ámbito lingüístico y social, que incluirá los aspectos básicos del currículo correspondiente a  las materias de ciencias sociales, geografía e historia y lengua castellana y literatura.
¾      Ámbito científico tecnológico, que incluirá los aspectos básicos del currículo de las materias de matemáticas, ciencias de la naturaleza y tecnología.
¾      Tres materias obligatorias u opcionales. Entre estas materias se deberá incluir la primera lengua extranjera y  para el alumnado de tercer curso la materia de educación para la ciudadanía y los derechos humanos.
¾      Tutorías con su grupo clase, desarrolladas por el profesor/tutor, y de carácter específico por el orientador del centro.
¾      Materias optativas de las que se compone la oferta de tercero/cuarto curso de la etapa.

Distribución horaria semanal de los programas de diversificación curricular.
          El horario lectivo semanal de alumnado que sigue un programa de diversificación curricular será de 30  horas. La distribución de estas horas entre los diferentes elementos que forman el programa será  realizada por el centro de acuerdo con los siguientes criterios:
¾      Los ámbitos lingüístico y social y científico-técnológico tendrán 15 horas semanales.
¾      Las tres materias obligatorias y opcionales tendrán entre 7 y 10 horas semanales.
¾      Las actividades de tutoría tendrán hasta 3 horas semanales, de las que una corresponderá a las de tutoría con el grupo de referencia del alumnado y el resto a la tutoría específica que imparta el orientador del centro al grupo que sigue el programa.
¾      Las materias optativas tendrán hasta un máximo de 5 horas.

Agrupamiento de los alumnos y alumnas.

El alumnado que sigue un programa de diversificación curricular se integrará en su grupo ordinario del   tercer o cuarto curso en las tres materias obligatorias u opcionales.

En el caso del currículo de los   ámbitos lingüístico y social y científico-tecnológico así como las actividades formativas de la tutoría se  desarrollarán en el grupo de diversificación curricular, en el cual no deberán superar el número de 15  alumnos.

Elaboración del programa de diversificación curricular.

En sus aspectos generales el programa será redactado por el departamento de  orientación que coordinará  las tareas de elaboración de la programación de los ámbitos, en el que deberán participar los departamentos  de las distintas materias. Por contraposición la evaluación del alumnado que curse un programa de diversificación curricular será realizada por el equipo educativo que imparta el programa. Los resultados de las evaluaciones finales serán recogidos en las actas de evaluación de los grupos ordinarios de tercero o cuarto en los que estén incluidos.

Titulación del alumnado que sigue el programa de diversificación curricular.
¾       El alumnado que se ha incorporado a un programa de diversificación curricular desde el cuarto curso o que está en el segundo año de realización del mismo, obtendrá el titulo de graduado de educación secundaria obligatoria si supera todos los ámbitos y materias que integran el programa.
¾      Quienes, habiendo superado todos los ámbitos del programa, tengan evaluación negativa en el ámbito práctico, en su caso, y en una o dos materias y, excepcionalmente, en tres, siempre que a juicio del equipo docente hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa.

¾      El alumnado que, al término del programa, no haya alcanzado los objetivos generales de la etapa, recibirá un certificado de escolaridad en el que consten los años y materias cursados.

No hay comentarios:

Publicar un comentario